La protección y promoción de los derechos fundamentales a través de la contratación pública

La protección y promoción de los derechos fundamentales a través de la contratación pública

En En un Estado Social y Democrático de Derecho donde se ha renovado la visión de los derechos fundamentales y se incorporan nuevos principios y valores sustanciales que son el punto de referencia para cada una de las acciones públicas, la contratación pública pasa de ser una herramienta de abastecimiento de bienes, servicios y obras, a desarrollar un papel estratégico que aporta a la función esencial del Estado, que es precisamente la protección efectiva de los derechos de las personas y el respeto a su dignidad. En ese artículo, se describe cómo y porqué debe ser utilizado el poder de la compra y contratación pública como herramienta para proteger y promover derechos humanos y fundamentales, implementando distintas medidas durante el ciclo contractual.

El contexto de la contratación pública en un Estado Social y Democrático de Derecho

A nivel global la contratación pública se ha transformado y, para comprender la naturaleza y el fundamento de este cambio, se hace necesario poner en contexto el ecosistema que ha promovido el mismo.
En el caso dominicano, la influencia principal de esta transformación se puede atribuir al neoconstitucionalismo, también llamado constitucionalismo contemporáneo, término utilizado para referirse a la evolución de los ordenamientos o sistemas jurídicos que ha tenido lugar en muchos países durante la segunda mitad del siglo XX y que admite, una superación de la concepción formal del Estado de Derecho, a un Estado, Democrático, Social y de Derecho que supone la comprensión de la Constitución como sistema de valores y principios, que se proyecta sobre el derecho ordinario o infraconstitucional.
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Para el reconocido filósofo del Derecho, PRIETO SANCHIS el neoconstitucionalismo tiene una visión de la carta magna enfocada en los valores y principios vinculados a los derechos fundamentales de las personas y a su dignidad, que exceden su formulación meramente escrita.
El neoconstitucionalismo, se caracteriza por marcar el cambio en el constitucionalismo clásico, ya que abarca como parte esencial de éste, principios generales de Derecho, valores y una amplia gama de derechos fundamentales, desde el voto universal, el principio de igualdad (desarrollado como el derecho a la no discriminación), incluyendo los derechos económicos, sociales y culturales, además de los derechos de tercera y ya cuarta generación, como son, el derecho a un medio ambiente sano y derecho a la conectividad. Por lo tanto, en el neoconstitucionalismo, la Constitución pasa de regular solamente la forma y el poder del Estado, para regular también, a la sociedad.
La dignidad y los derechos fundamentales se convierten en fundamento de la nueva forma de organización estatal.
Así pues, al constituir la dignidad humana el valor primario y principio constitucional supremo, este nuevo constitucionalismo demanda amplia protección hacia la persona. En palabras de CABRAL BREA “el respeto por la persona humana se convierte entonces en premisa antropológica del Estado Social y Democrático de Derecho”, lo que significa que la garantía y tutela de los derechos fundamentales del ser humano son un elemento característico de esta forma de Estado transversal a todas las acciones y ejecutorias públicas.

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